Estimados(as) lectores(as) una de las muchas estrategias de mercadeo digital que hoy en día se utilizan son los sorteos promocionales o también conocidos como “giveaways” o incentívos.
Esta actividad consiste en ofrecerle a los consumidores un premio (productos de la marca, bienes de moda, o experiencias novedosas), por su interacción con alguna cuenta de redes sociales o sus publicaciones.
Hasta este punto, parece que todo iría bien pues el consumidor solo tiene que comentar, compartir o poner “ me gusta” a una publicación para obtener la posibilidad de ganar un premio, mientras que la compañía o el influenciador generan más tráfico en sus redes y refuerzan su posicionamiento. Las empresas y los influenciadores digitales suelen adelantar ejercicios promocionales a través de las redes sociales, con el interés de mantener activas las marcas o sus perfiles
Puesto que se trata de una actividad en internet, el alcance suele ser global y además, las personas creen que estas actividades no están reguladas al desarrollarse en lo digital.
En tal sentido, algo que sucede frecuentemente en estas actividades es el elegir el ganador aleatoriamente entre las personas que participaron, pues ¿qué es más justo que el azar?
En efecto, el azar podría ser la forma más justa de entregar un premio, sin embargo, muchas empresas e influenciadores no han notado que el uso del azar como criterio de selección de un ganador, genera que su actividad promocional, se convierta en un juego promocional vigilado por Coljuegos o por las sociedades de capital público departamental. Esto en la media en que el Artículo 2.7.4.2 del Decreto 1068 de 2015, fija tal competencia.
En relación con los sorteos que tengan como criterio para la elección del ganador la suerte y el azar y que su finalidad sea promocionar un producto o servicio, se denominan juegos promocionales y requieren autorización de las mencionadas entidades dependiendo de si el alcance de la actividad es nacional o departamental.
La necesidad de autorización obliga a presentar una serie de documentación, entre los cuales se destacan pago de derechos de explotación y gastos de administración, garantía de cumplimiento, plan de premios y términos y condiciones de la actividad, y esto sin contar que la entidad se toma su tiempo y pudiera solicitar ampliación de la información , que termina traumatizando la velocidad con que se puede echar a andar la promoción.
De no hacerlo (quiero decir cumplir con los requisitos de Coljuegos)pudieran recibir sanciones de 100 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, las cuales podrían constituir incluso delitos como operación de juegos de azar sin autorización contrato (Artículo 312 del código penal) .
Para no caer en esto , simplemente cambie la torta y vea la mecánica del sorteo desde otra perspectiva:
Haga esto para que no tenga que pagar Coljuegos
1. Si va a escoger el ganador mediante azar, probablemente necesite autorización de Coljuegos o la entidad departamental competente.
2. Si no quiere adelantar el trámite de autorización, escoja al ganador sin usar el azar.
3. Prefiera condiciones de elección basadas en la habilidad de los participantes.
Así de simple , si decide que el que mas likes tenga o el que publique el mejor video y obtenga más votos o algo así , NO TIENE QUE PAGAR Coljuegos , sea creativo(a) lo que no quiere decir que sea ilegal , búsquele la comba al palo.
Laura Ardila Bendek
Preguntas juridico@mundovideo.com.co


