Bogotá, Mayo de 2025. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) resolvió negar la solicitud de cancelación por no uso presentada por Euro Games Technology LTD (EGT) contra el registro marcario BURNING FRUITS© (certificado No. 445307), ratificando así la titularidad y el derecho exclusivo de Mundo Video Corporation S.A.S.© sobre esta emblemática marca en el sector de juegos.

La decisión, contenida en la Resolución No. 17755 del 3 de abril de 2025, representa una contundente victoria jurídica para Mundo Video©, quien demostró con suficiencia el uso real, público y efectivo de la marca en máquinas de juego comercializadas durante el periodo 2021–2024. La SIC reconoció además la validez del contrato de licencia firmado con Mundo Video Entretenimiento S.A.S.©, fortaleciendo aún más la cadena de titularidad y legitimidad en el uso de la marca.
La resolución también establece un precedente claro: la protección de una marca no depende del éxito comercial, sino de su uso efectivo y continuado conforme a los parámetros legales de la Comunidad Andina. Mundo Video© no solo superó la carga probatoria impuesta por el artículo 167 de la Decisión 486, sino que lo hizo con una estrategia jurídica impecable, liderada por su equipo legal interno, que desvirtuó punto por punto las pretensiones de EGT.

Con esta victoria, Mundo Video© da un paso más en su estrategia Level Up: consolida su portafolio de propiedad industrial, protege el valor de sus activos intangibles y advierte al sector que cualquier uso no autorizado de la marca Burning Fruits© podrá ser objeto de acciones judiciales inmediatas.
Este fallo demuestra que los productos de Mundo Video© no solo son una inversión rentable, sino una inversión protegida. Cada máquina comercializada bajo sus marcas cuenta con un respaldo imbatible e integral, que combina innovación técnica, solidez jurídica y compromiso institucional.
Apostar por Mundo Video© es confiar en un ecosistema donde la marca y sus productos se defienden y definen con hechos, no con promesas.

El proceso fue liderado y defendido por la firma Aristizabal Abogados Consultores S.A.S , para contactos y asesorías contacto@aristizabal-law.com


