Estimados(as) lectores(as) en los negocios (en especial y en los últimos años ) se ha generalizado la figura de equipo (máquinas de casino, en este caso) ,que se reciben como participación de un tercero y que es explotado en conjunto. O También puede ocurrir que exista un inversionista que pone el dinero pero no quiere aparecer ante el público, lo que se conoce como partícipe oculto.
¿El partícipe oculto del contrato de cuentas en participación es responsable solidario por las deudas y obligaciones incumplidas por en ejecución de un contrato de cuentas en participación?
No. El partícipe oculto del contrato de cuentas en participación no es responsable solidario por las obligaciones nacidas del contrato.
El artículo 511 del código de comercio señala que el socio no gestor, esto es, el partícipe oculto o no gestor, responde únicamente hasta el valor de su aporte en el contrato de cuentas en participación.
Sin embargo, aclara la norma que, si el partícipe oculto revela o autoriza revelar a terceros su calidad de partícipe en el contrato de cuentas en participación, responderá solidariamente con el gestor ante terceros desde la fecha en que se hace la revelación. En ese mismo sentido se pronuncia la sala civil de la Corte suprema de justicia en sentencia SC3347-2020.
En resumen, la responsabilidad solidaria sólo aplica para el socio gestor, pero si el partícipe oculto revela o autoriza revelar su condición, se convierte en responsable solidario.
Laura Ardila Bendek


