No renovación Cámara de Comercio. Estimados(as) Lectores(as) me preguntan de cuales son las consecuencias de No renovar la cámara de Comercio, una de ellas es que la Supersociedades puede ordenar la liquidación de la sociedad. Primero debemos entender la definición de Cámara de Comercio: Las cámaras de comercio son instituciones de orden legal con personería jurídica, creadas por el Gobierno Nacional, de oficio o a petición de los comerciantes del territorio donde hayan de operar. Dichas entidades serán representadas por sus respectivos presidentes.
La Superintendencia de Sociedades, a través del Oficio 220-093666, precisa que, tanto la Ley 1955 de 1995 como el decreto que lo reglamenta, consagran que se encuentra a cargo de esta corporación realizar la declaración de insolvencia de aquellas sociedades, que estén sujetas a su supervisión, o las citadas en el “ARTÍCULO 2.2.2.1.4.1. Competencia para declarar la disolución de las sociedades no operativas. Las sociedades no sujetas a la supervisión de un ente especializado, que no estén en un proceso de insolvencia de que trata la Ley 1116 de 2006 y que se encuentren en cualquiera de los supuestos mencionados en el artículo 144 de la Ley 1955 de 2019, podrán ser declaradas disueltas por la Superintendencia de Sociedades, con base en las facultades señaladas en el numeral 7 del artículo 218 del Código de Comercio o las normas que lo modifiquen, aclaren o complementen. Para el ejercicio de esta facultad discrecional, la Superintendencia de Sociedades podrá tomar en consideración aspectos como: i) un enfoque basado en riesgos, ii) su política de supervisión, iii) un plan de trabajo escalonado y, iv) las capacidades técnicas y operativas disponibles”
Esto significa estimados(as) lectores(as) que si una sociedad no ha cumplido con el envío de la información requerida en el termino de 3 años consecutivos, se presumirán como sociedades no operativas, es por ello que, podrán ser declaradas de oficio como disueltas.
Para la aplicación de la presunción de inoperatividad por la ausencia de renovación de la matrícula mercantil por tres (3) años consecutivos, bastará con la verificación en la base de datos elaborada por la Cámara de Comercio correspondiente
En este documento el OFICIO 220-093666 del 15 de Julio de 2021 , se explica cual es el procedimiento que surte la super para liquidar una empresa
Laura Ardila Bendek
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Una vez el arrendatario ha adquirido el derecho de renovación, el arrendador tiene la obligación de renovar el contrato, y recordemos que cuando surge un derecho, este puede ser reclamado ante un juez.
El arrendatario se puede negar a entregar el local, pues tiene un derecho que lo ampara, y el arrendador tendrá que demandar al arrendatario, pero es una demanda que no tiene mayor asomo de prosperar, ya que quien está incumpliendo con la ley es el arrendador, no el arrendatario.
¿Qué pasa si el arrendatario no notificó el preaviso para desalojar un local comercial?
De hecho, dice expresamente el artículo 524 del Código de Comercio: «Contra las normas previstas en los artículos 518 a 523, inclusive, de este Capítulo, no producirá efectos ninguna estipulación de las partes.»
Esto significa que son normas de orden público, que crean derechos que no se pueden renunciar, es decir, el arrendatario no está obligado a renunciar a un derecho que ha adquirido por ministerio de la ley.
Así que, si el arrendador se niega a renovar el contrato, es un asunto que tendrá que resolverse ante los jueces si es la decisión del arrendatario.
Espero haya quedado claro
Laura Ardila Bendek
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El Código de Comercio contempla el preaviso o desahucio únicamente en los casos en que el contrato de arrendamiento no se renueva por las causales 2 y 3 señaladas en el artículo 518 del Código de Comercio.
En los demás casos, el arrendador no está obligado a preavisar con una antelación determinada, siendo la que se haya incluido en el contrato de arrendamiento.
Esta cerca el vencimiento del contrato de arrendamiento del local de su casino?
En consecuencia, si el arrendador decide no renovar el contrato de arrendamiento a pesar de que el arrendatario tiene el derecho, el preaviso será el que figure en el contrato, y si en este no se estipuló, no existe obligación de preavisar, y por consiguiente, el contrato no se entenderá renovado por ausencia de preaviso.
Laura Ardila Bendek
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Estimados(as) lectores(as) hoy les presento un caso donde el(la) empleador(a) no está obligado(a) a expedir el certificado laboral y otro donde les digo que hacer en caso de haber negativa de expedición.
Que es una certificación laboral?
La certificación laboral es el documento que expide el(la) empleador(a)a solicitud del trabajador(a), para constatar la existencia de un vínculo laboral y unas funciones asignadas; este certificado no debe llevar los motivos que dieron origen a la finalización del contrato.
Recordemos que el contrato de prestación de servicios es de origen civil o mercantil, por tanto, no crea un vínculo laboral; ahora, el artículo 57 del CST, habla de la obligatoriedad de expedir este certificado por parte del(la) empleador(a) para su trabajador(a) o extrabajador(a), no obstante, al no existir una relación laboral, no es deber de la empresa emitir este documento.
Si se tuvo vínculo laboral y si el empleador se niega a expedir certificado laboral, ¿qué se puede hacer?
Si bien, usualmente el(la) interesado(a) solicita la certificación para acreditar su experiencia laboral y adjuntarla para postulación de un nuevo empleo, para la solicitud del bono pensional, no obstante, en otras ocasiones, es solicitada para presentarla como medio probatorio en un proceso judicial; esto suele prevenir al(la) empleador(a) y por temor, niegan la certificación afectando sus derechos.
Ante esta situación, o simplemente ante la negativa del(la) empleador(a)de expedir la certificación, el trabajador(a) podrá solicitar mediante derecho de petición la expedición del mismo o solicitarlo mediante acción de tutela.
Espero haya quedado claro
Laura Ardila Bendek
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En el ejercicio empresarial y la actividad comercial, las compañías a menudo experimentan actualizaciones o transformaciones en su actividad económica.
Por tal motivo, es importante que los empresarios tengan en cuenta que deben realizar una serie de trámites para materializar dichos cambios.
Conforme a la actualización de la actividad económica, debe elaborarse un documento privado de actualización del objeto social, el cual debe ser aprobado por la asamblea con el voto favorable de uno o varios accionistas que representan, al menos, la mitad más una de las acciones. presentes en la respectiva reunión.
Actualización del RUT como hacerlo y cuanto cuesta
Esta decisión deberá constar en un documento privado inscrito en el Registro Mercantil, a menos que la reforma implique la transferencia de bienes mediante escritura pública, en cuyo caso se registrará por dicha formalidad.
Una vez formalizada el acta y realizada la convocatoria previa de acuerdo con lo dispuesto en los estatutos de cada compañía, se suscribirá el acta, que luego deberá radicarse en la correspondiente cámara de comercio donde está registrada la compañía. Tras este trámite, deberán cubrirse los gastos correspondientes en la Cámara de Comercio para su registro.
Consecuencias de la NO RENOVACIÓN de la cámara de Comercio
Si la Cámara de Comercio verifica que todo está en orden, procederá con la inscripción, y esta actualización quedará reflejada en el certificado de existencia y representación legal, a fin de surtir el efecto correspondiente de publicidad.
Es recomendable asesorarse con un abogado especialista en el área o directamente con la Cámara de Comercio de la región respectiva, para evitar confusiones en la determinación del código CIIU de la actividad económica a seleccionar.
Laura Ardila Bendek
Preguntas juridico@mundovideo.com.co
El evento de Oficiales de Cornazar, finalizó con dos interesantes disertaciones: La protección y planificación del patrimonio que estuvo a cargo de Wilson Castrillón experto en tributación y derecho quien entre varios tópicos dio pautas para el manejo de los recursos obtenidos en los negocios para aumentar el capital y blindarlos contra acciones de terceros.
La segunda intervención, al cierre, estuvo a cargo de Yeni Andrea S. contadora especializada en Juegos de Suerte y Azar quien dio un recorrido desde sus orígenes, sobre la normativa que obliga a los Juegos localizados a generar factura .
Explicó los resultados de diferentes reuniones sostenidas con funcionarios de la DIAN que no entendían como una MET puede dar pérdidas, lo que finalmente pudo ser aclarado y luego de ello “llegamos al IVA, que ahora es fijo, y si lo calculamos diario no iba a ser real pues habían meses de 28,29,30 días; se logró un acuerdo con la Dian que se reflejó en la resolución 165 de 2023, artículo 6 donde las ventas se van a transmitir diarias pero el IVA solo el último día del mes. Pudimos llegar hasta ahí porque vino el cambio de gobierno, y al momento no hemos podido tener más acercamientos de mesas técnicas con este nuevo equipo”
Los Juegos localizados desde hace muchos años han estado gravados con el IVA, antes era presuntivo y ahora tiene una base de 20 UVT`s.
Documento electrónico equivalente de localizados ¿se debe implementar ya?
Explico la manera de cómo se toman los datos , anotando que desde años atrás los concesionarios han estado obligados a generar un informe diario de control de ventas que pues si bien no existe formulario oficial, cada empresa puede generarlo en una hoja simple de Excel y que debe llevarse anotando datos tales como: fecha de operación, número de instrumento (ó serial/código de la MET),contadores de ingreso, de salida, el totalizado en dinero de la diferencia, y el discriminado del IVA por esos ingresos.
Este archivo , aconsejó , se debe guardar como soporte para futuros requerimientos de la DIAN.
También dio claridad, de algunos términos que crean confusión sobre todo en contadores nuevos en la industria e incluso entre algunos operadores, a la hora de generar los reportes:
Los premios no son un costo, si lo fueran, se debería poner a firmar al cliente ganador un documento declarando que la empresa pagó el costo del premio y el cliente debería declararlo en medios magnéticos, esto para cada premio así fueran 2 créditos.
El billetero no es ingreso
El coin-in no son ingresos, se convierten en créditos, y al cliente se le pagan en créditos
Coljuegos, la Superintendencia de Salud y la DIAN están compartiendo la información que se genera en F18 por tanto se deberá poner especial atención a lo transmitido.
Según trascendió , las agremiaciones incluido CORNAZAR radicaron un derecho de petición , en este caso con fecha Diciembre 2 de 2023 y al momento no se ha recibido respuesta: “están encartados, no saben que van a hacer”
Yeni Andrea fue enfática en la importancia de continuar generando los informes , reportes y archivos para soportar cualquier requisición de algún ente fiscalizador.