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Reforma Pensional, un corto resumen de cómo le puede afectar. 

Fecha de publicación: 2024-06-24

El viernes 14 de junio de 2024, el Congreso de la República aprobó la reforma pensional, la cual entrará en vigencia en julio de 2025.

¿Cuáles son los principales cambios que trae esta reforma?   1. Mujeres que para julio de 2025 tengan 750 semanas cotizadas, y aquellos hombres que tengan para ese mismo momento 900 semanas cotizadas, entrarán al régimen de transición, y no les cambiarán las condiciones actuales, contenidas en la Ley 100 de 1993 y sus disposiciones complementarias. Es  decir, para estas personas no cambia nada.   2. Por otra parte, para las personas que no entran en el régimen de transición y, por tanto, a quienes les impacta el cambio regulatorio, el Congreso fijó el umbral en 2,3 salarios mínimos, lo que quiere decir que obligatoriamente las cotizaciones realizadas hasta por ese monto, serán administradas por Colpensiones. Para aquellos que tengan ingresos superiores a 2,3 salarios, las cotizaciones por encima del citado umbral irán obligatoriamente a una Administradora de Fondos de Pensiones, según sea el caso.   3. ¿Cómo se van a pensionar bajo el nuevo régimen?    Al momento de que cada afiliado cumpla las condiciones para pensionarse, los fondos privados trasladaremos sus ahorros pensionales a Colpensiones, que será el encargado de liquidar y pagar la pensión. Es decir que, el pago de su pensión estará a cargo de Colpensiones. (esto no aplica para las personas que entran en el régimen de transición)   4. A los pensionados actuales se les mantienen sus condiciones y seguiremos administrando sus ahorros de la manera más profesional.  

Algo muy importante y sobre lo cual quiero hacer énfasis, es que no hay cambios en los fondos voluntarios de pensión. Los ahorradores mantienen las diversas ventajas: una amplia variedad de alternativas de inversión, la flexibilidad para moverse entre ellas, los beneficios tributarios actuales* y la oportunidad de construir un patrimonio complementario para su plan de retiro.   Los cambios introducidos en la reforma son importantes, por eso, una de las principales reflexiones que quiero dejarles es que, con este nuevo panorama pensional, el ahorro voluntario cada vez se hace más necesario, más cuando las expectativas de vida se están incrementando y los subsidios públicos se están reduciendo.   En este sentido, surge la importancia del ahorro voluntario y de los seguros de vida, de pensiones y de incapacidad, como mecanismos robustos, que complementan el ahorro obligatorio para la jubilación y que son fundamentales en la planeación financiera.

Los fondos voluntarios de pensión son distintos de los fondos que prevé la Ley 100 de 1993.

*Cumpliendo lo establecido por el Estatuto Tributario en su artículo 126-1, retiros sin costo, exentos del 4x1000. Recuerde cumplir con el tiempo de permanencia requerido y/o la destinación especifica de sus recursos para aprovechar de manera correcta los incentivos tributarios que trae la normatividad.

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


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