ADS-1A
  • Mi Cuenta     Crear Cuenta
  • English Version
ADS-2A
Logo MVE
ADS-2B
MIS FAVORITOS
Debes tener una cuenta ( Grátis ) para poder agregar cualquiera de nuestras publicaciones en esta zona de favoritos y asi encontrarlas rápidamente

ACCESOS DIRECTOS
Cargando...
ADS-30
Estas aquí -> Inicio / seccion-juridica /

APREHENSION O EL DECOMISO DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS, ES INDEPENDIENTE DE LA CALIDAD DE OBLIGADO ADUANERO

Fecha de publicación: 2017-02-24
Porque no se puede reabrir los Casinos y Bingos en los municipios aún

Apreciados(as) lectores(as), La Subdirección de Normativa y Doctrina de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) resolvió una consulta elevada por un operador, quien preguntó:

¿es procedente iniciar un proceso administrativo de aprehensión y decomiso a una persona cuya calidad es la de propietario, tenedor o poseedor de la mercancía sin que ostente la calidad de obligado aduanero?

En primer lugar, vale la pena recordar a los(las) operadores(as), que la aprehensión en el régimen aduanero es una medida cautelar consistente en la retención de mercancías, medios de transporte o unidades de carga, mientras la autoridad aduanera verifica su legal introducción, permanencia y circulación dentro del país.

Así, la medida de aprehensión y el decomiso de maquinas tragamonedas se dan con ocasión de la intervención de la autoridad en el ejercicio del control aduanero cuando advierte un hecho o una omisión que constituye infracción administrativa. Con todo, dichas medidas, así como la consecuente acción penal, es independiente de la calidad de obligado aduanero que tengan las personas en relación con las maquinas, llámese propietario, tenedor o poseedor de la misma, sin que ostenten la calidad de importadores.( Lea también DIAN resuelve devolución de Maquinas Electrónicas Tragamonedas de origen y producción nacional a favor de operador )

Al momento en que se inicie la diligencia para la aprehensión o el decomiso es necesario señores(as) aperadores(as), levantar el acta de hechos en la que, además de otra información, tales como seriales, monitores, billeteros, tarjeta o circuito principal, y demás partes

se debe incluir la identificación de quienes intervienen en la diligencia y de quienes aparezcan como titulares de derechos o responsables de las maquinas involucradas, indicó la Dian.

En conclusión, el proceso administrativo de aprehensión y decomiso se inicia a las personas que fueron identificadas e intervinieron en la diligencia como titulares de derechos o responsables de las maquinas involucradas, indistintamente de que tengan o no la calidad de obligado aduanero (importador y/o distribuidor) y sin perjuicio de las acciones penales derivadas de la actuación.

DIAN, Concepto 1160 (27912), 30/12/16

 

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


¿Cómo te parecio este articulo?
Este articulo me gusta
0%
Este articulo no me gusta
0%
Este articulo me encanto
0%

ADS-32

Otros artículos del Autor:


ADS-33
ADS-36
ADS-37
Cerrar ventana
ADS-3A
ADS-3B
>> Cerrar X
>> Cerrar [ X ]
ADS-25
Hablemos!