Estimados(as) Lectores(as) a partir del 14 de septiembre de 2021 con la reforma tributaria, entró en vigencia la exclusión del IVA en la importación de bienes por la modalidad de tráfico postal para envíos urgentes o envíos de entrega rápida que vengan de países con los que Colombia no tenga TLC (Tratado de Libre Comercio) en los cuales se especifique la excepción del cobro de este impuesto.
O excepto Estados Unidos, Corea del Sur y la Unión Europea, entre otros, y cuyo valor no supere los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200)
Para reclamar dichos envíos, la empresa transportadora enviará un correo donde se manifiesta que el Courier se encuentra lista para "liquidación de impuestos asociada a la nacionalización del envío."
Allí mismo encontrará un estimado de los impuestos a cancelar y de acuerdo con las instrucciones de pago relacionadas en la carta de liquidación de impuestos, se deberá proceder a realizar los pagos por medio de una consignación directamente en el banco o a través de una transferencia electrónica en los bancos habilitados:
Banco de Occidente -Cuenta corriente No. 221-01191-9
Banco de Bogotá - Cuenta de ahorros No. 00034889-6
Surtido este trámite, deberá llenar este formulario adjuntando los siguientes documentos:
1. Carta de liquidación de impuestos diligenciada en la parte inferior.
2. Soporte o comprobante de pago.
3. Fotocopia / imagen del documento de identidad por ambas caras.
Luego de enviados y surtido este proceso, la compañía transportadora concertará Fecha de entrega.
Laura Ardila Bendek
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