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Habeas data y que pudiera suceder con el ciber-ataque a Coljuegos y otras entidades del estado.

Fecha de publicación: 2023-09-15
Habeas data y que pudiera suceder con el ciber-ataque a Coljuegos y otras entidades del estado.

Ciber ataque ley 1581 de 2012. Por el ataque que están sufriendo las entidades del estado esta semana, es válido recordar, que esta situación no ha sido la única, durante el año 2021 diferentes entidades y organizaciones colombianas sufrieron ataques de ciberseguridad, de los cuales se resalta i) la fuga de información estratégica de inteligencia del Ejército Nacional durante los meses de abril, mayo y junio, ii) el de la Universidad El Bosque en el mes de junio, iii) la Aeronáutica Civil en el mes de agosto, iv) las Empresas Públicas de Cali (EMCALI) en el mes de octubre, v) el de la Pontificia Universidad Javeriana en el mes noviembre, y más recientemente vi) el Grupo Keralty, que reúne a las empresas de salud Sanitas y Colsanitas.


 


 

Esta problemática ha generado una oleada de interrogantes por parte de consumidores y público en general sobre si las entidades en Colombia se están tomando en serio la seguridad de la información de los titulares, generando ya una crisis de confianza.

Es por esto, que la Ley 1581 de 2012 teniendo en cuenta la importancia del buen tratamiento de la información, y en especial de los datos personales, indica de manera muy especifica que, la información sujeta a tratamiento debe ser manejada con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, acceso no autorizado o fraudulento. 

La ley 1581 de 2012 reza entre otros en el Artículo 17. Deberes de los Responsables del Tratamiento. Los Responsables del Tratamiento deberán cumplir los siguientes deberes, sin perjuicio de las demás disposiciones previstas en la presente ley y en otras que rijan su actividad”

d) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;

Lo cual ya ocurrió , se acceso la base de datos y ya no es confiable cualquier información que pueda ser recuperada, en el entendido que hubo un tercero no autorizado quedando la duda de su corrupción; lo que no veo viable que Coljuegos pueda garantizar .

No pretendo hacer una exposición extensa de las consecuencias del ciber- ataque pero ya de por sí, la ley 1581 de 2012 es clara y se deberán interponer demandas para salvaguardar la honra de los(as) usuarios(as) sin que el estado o la entidad pueda alegar fuerza mayor; ya que quien está al frente de la recolección de la data es la entidad misma y no quien la almacena.

Se presenta una situación muy interesante porque en la ley 1581 de 2012 Artículo23. Sanciones, la encargada de hacerlo es La Superintendencia de Industria y Comercio y está siendo víctima del ciber- ataque. Y la misma Superintendencia de Industria y Comercio deberá compulsar copias a la procuraduría para que investigue la culpabilidad por lo sucedido.

Parágrafo. Las sanciones indicadas en el presente artículo sólo aplican para las personas de naturaleza privada. En el evento en el cual la Superintendencia de Industria y Comercio advierta un presunto incumplimiento de una autoridad pública a las disposiciones de la presente ley, remitirá la actuación a la Procuraduría General de la Nación para que adelante la investigación respectiva.

Les invito para que lean la Ley 1581 de 2012 y tomen las medidas del caso, pues es gravísimo que la información haya quedado expuesta poniendo en riesgo incluso la vida misma de quienes aparecen allí.


 

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


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