La actualización del Registro Único Tributario (RUT) es el procedimiento que permite realizar modificaciones o adiciones a la información que tiene en su RUT y la realiza acreditando los mismos documentos que la DIAN exige para la inscripción. La actualización del RUT se hace efectiva cuando se modifican o adicionan los datos consignados originalmente en cualquiera de sus elementos constitutivos de identificación, ubicación o clasificación.
¿Qué costo tienen las actualizaciones que yo haga en el RUT?
La actualización en el RUT no tiene ningún costo.
¿En qué momento debo actualizar el RUT y de quién es la responsabilidad?
Es responsabilidad como persona obligada, actualizar la información contenida en el RUT a más tardar un mes después del hecho que genera la actualización.
¿Yo mismo puedo realizar cualquier cambio de información del RUT a través de los servicios del portal transaccional de la DIAN?
Se puede modificar cualquier información de las 7 hojas del RUT, a excepción de los siguientes casos:
- Información de datos de identificación.
- Dirección (casilla 41). La actualización virtual de la información relativa a los datos de dirección en el RUT no podrá exceder de dos modificaciones dentro de un periodo de seis meses; de lo contrario, se deberá efectuar el trámite con previo agendamiento de cita.
- En la casilla 53, correspondiente a Responsabilidades Tributarias, Aduaneras y Cambiarias, no podrás eliminar ningún código. Puedes adicionarlos, exceptuando aquellos que son conferidos por Resolución de la DIAN como son Autor retenedor, Gran Contribuyente, Profesional en la Compra y Venta de Divisas y Agente de Retención en Ventas.
- Información de usuarios Aduaneros (casilla 54).
- En la casilla 53, correspondiente a Responsabilidades Tributarias, Aduaneras y Cambiarias no podrás cambiar la responsabilidad de renta ordinaria a renta especial hasta que se realice y acepte la solicitud de calificación, readmisión o actualización. Este proceso de cambio de responsabilidad se realizará “de oficio" (automáticamente) por parte de la DIAN.
Debo estar presente para actualizar el RUT?
La actualización virtual de la información relativa a los datos de dirección en el Registro Único Tributario (RUT), no podrá exceder de dos (2) modificaciones dentro de un periodo de seis (6) meses, de lo contrario, deberá efectuar el trámite de forma presencial.
Como Actualizar el RUT en línea por el portal de la DIAN:
Si requiere actualizar el RUT, lo puede hacer a través de los servicios en línea de la DIAN, con o sin firma electrónica o instrumento de firma electrónica, en los siguientes casos:
- Cambio de los datos de ubicación (país, departamento, municipio, dirección, correo electrónico, código postal, teléfonos)
- Adición o reemplazo de actividades económicas
- Adición de responsabilidades (renta, IVA, consumo, entre otros)
- Modificación información hoja 2, 3, 5 y 6 es decir, matrícula mercantil, representación (Apoderados), contador, revisor fiscal y establecimientos de comercio, entre otros.
Laura Ardila Bendek
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